
LIC. MARCO ANTONIO AGUIRRE SÁNCHEZ
DIRECTOR
Artículo 60.- Corresponde a la Dirección de Desarrollo Social y Humano, además de las facultades genéricas de los Directores, el ejercicio de las atribuciones siguientes:
- Planear, operar, ejecutar, controlar y evaluar los programas y acciones materia de desarrollo social y humano;
- Diseñar, implementar y evaluar planes y programas que promuevan el combate a la marginación y la pobreza, concertando las modalidades y los mecanismos de participación de los gobiernos federal y estatal, así como de los sectores social y privado;
- Establecer y concertar con las dependencias, las normas específicas, las estructuras programáticas y financieras de sus planes y programas de inversión en materia de desarrollo social y humano;
- Gestionar ante los gobiernos federal y estatal los recursos de inversión necesarios para dar respuesta a las demandas más apremiantes de la población;
- Establecer una estrecha comunicación y coordinación con los diferentes órdenes de gobierno, así como con las organizaciones ciudadanas, para la formulación de programas de desarrollo regional;
- Apoyar la organización de comités de participación comunitarios, para garantizar su intervención y corresponsabilidad, en la definición y ejecución de acciones y obras destinadas en su beneficio;
- Coordinar y concertar, en coordinación con los gobiernos federal y estatal, programas especiales, así como emergentes, para la atención de los sectores más desprotegidos;
- Promover y apoyar la formulación y ejecución de programas de colaboración intermunicipal, para emprender proyectos prioritarios de carácter regional, que coadyuven en la solución de problemas comunes que afecten a más de un municipio;
- Asesorar a las demás dependencias que les competa el desarrollo regional;
- Coordinar el proceso para el otorgamiento de becas municipales dentro del programa que lleve a cabo el Ayuntamiento; y,
- Las demás que le confieran las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos de cabildo o que expresamente le encomiende el Presidente Municipal.
Artículo 61.- Al titular de esta dependencia se le denominará Director de Desarrollo Social y Humano, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de la siguiente unidad administrativa:
I.- Subdirección de Desarrollo Social y Humano.
C. MIGUEL ÁNGEL TRUJILLO MARTÍNEZ
SUBDIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
Artículo 62.-Corresponde a la Subdirección de Desarrollo Social y Humano, además de las facultades genéricas de los subdirectores, el ejercicio de las atribuciones siguientes:
- Auxiliar en la planeación, operación, ejecución, control y evaluación de los programas y acciones materia de desarrollo social y humano;
- Auxiliar en el diseño, implementación y evaluación de planes y programas que promuevan el combate a la marginación y la pobreza, concertando las modalidades y los mecanismos de participación de los gobiernos federal y estatal, así como de los sectores social y privado;
- Establecer y concertar con las dependencias, las normas específicas, las estructuras programáticas y financieras de sus planes y programas de inversión en materia de desarrollo social y humano;
- Apoyar la organización de comités de participación comunitarios, para garantizar su intervención y corresponsabilidad, en la definición y ejecución de acciones y obras destinadas en su beneficio;
- Promover y apoyar la formulación y ejecución de programas de colaboración intermunicipal, para emprender proyectos prioritarios de carácter regional, que coadyuven en la solución de problemas comunes que afecten a más de un municipio;
- Asesorar a las demás dependencias que les competa el desarrollo regional;
- Coordinar el proceso para el otorgamiento de becas municipales dentro del programa que lleve a cabo el Ayuntamiento; y,
- Las demás que le confieran las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos de cabildo o que expresamente le encomiende el Presidente Municipal y/o Director de Desarrollo Social y Humano.
Artículo 63.- Al titular de esta Subdirección se le denominará Subdirector de Desarrollo Social y Humano

